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EI Colegio de Arquitectos de Tijuana, A. C., es una Asociación legalmente constituida conforme a las disposiciones relativas del Código Civil por escritura publica numero 1 194 del 8 de Noviembre de 1969, otorgada ante el Notario NO.3 de Tijuana, Lic. Xavier Ibáñez Herrera, inscrito en la Dirección General de Profesiones del Estado, el 14 de Enero de 1970, con la denominación de "COLEGIO DE ARQUITECTOS DE TIJUANA, A. C".

EI Colegio por su naturaleza, no intervendrá en asuntos de carácter y/o proselitismo religioso, político partidista, quedándole prohibido tratar asuntos de tal naturaleza en sus asambleas, reuniones y actos públicos, o usar el nombre o el local del Colegio para estos fines.
La participación del Colegio y de sus miembros en los problemas de carácter publico y de utilidad social que atañe a la profesión, no serán considerados como actividad política partidista.

 

El presente REGLAMENTO es de aplicación para los miembros que, por su antigüedad y experiencia tengan derecho a ser considerados Miembros Vitalicios a los que se refiere los artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del estatuto del COLEGIO DE ARQUITECTOS DE TIJUANA A.C.

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